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Acuerdos de Convivencia del CEIM “Naminabu”
Vigentes y Aprobados por CDPNNA
Los Acuerdos para la Convivencia Escolar y Comunitaria son un instrumento de carácter normativo y pedagógico que vela por el buen funcionamiento y la organización interna de la Institución Educativa, el cual es de obligatorio cumplimiento en todo el ámbito de su aplicación circunscrito en nuestro espacio educativo y en todos los sectores del Consejo Educativo.
Esta Unidad Educativa se regirá por las disposiciones de la “Constitución de la República Bolivariana de Venezuela” Ley Orgánica de Educación y su Reglamento, “Ley Orgánica para la Protección al niño, niña y al Adolescente” y por las demás disposiciones que dicte el Ejecutivo Nacional
1. Asistir con el uniforme único para Preescolar: mono azul marino, chemise roja (por dentro) y zapatos negros (escolares). Para Maternal: mono azul marino, chemise azul cielo (por dentro) y zapatos negros (escolares). Con su insignia Para deporte (Maternal y Preescolar) el uniforme debe ser: franela blanca (por dentro), mono azul marino y zapatos deportivos blancos o negros, con su insignia.
2. Las niñas deben asistir con el cabello recogido y los niños con el cabello corto para evitar los piojos..
3. Asistir diaria y puntualmente a las actividades educativas del Plantel, según el horario establecido: Hora de entrada 7:30 a.m. a 7:45 a.m. Salida 11:30 a.m. a 11:45 p.m. Transporte: 11:40 a.m., a la hora de entrada durante el proceso de adaptación (mes de septiembre) los representantes están en el deber de llevar a los niños a las puertas de las sala, luego del este periodo el niño será recibido por las maestras de guardia en la puerta de la institución y las mismas son garantes de que el niño entre a su salón, en el horario de salida el representante esta en el deber de retirar a los niños en la puerta de su salón.
4. Se controlará el cumplimiento en el horario de entrada y salida de los niños y niñas, llevando el respectivo control del mismo. En caso de retardos continuos, se levanta el acta respectiva y en caso de presentarse reiteradamente la situación, será canalizada por el Consejo de Protección al Niño Niña y Adolescente (CDPNA), Según el artículo 54 de la LOPNNA.
5. En caso de utilizar transporte los niños y las niñas, deben consignar en sus expedientes, los siguientes recaudos, copia de la cedula de identidad del transportista y la autorización de representante con la copia.
6. Los padres y representantes, deben participar activamente en el proceso educativo de su representado y asistir a las convocatorias, talleres y/o actividades a las que les sean notificados, Según el artículo 55 de la LOPNNA.
7. Ser miembro activo del Consejo Educativo del Centro de Educación Inicial Municipal “Naminabú”.
8. Garantizar la asistencia diaria durante el año escolar. Asimismo, consignar oportunamente a las docentes, los certificados y/o justificativos médicos correspondientes que avalen alguna inasistencia de su representado.
9. Para el ingreso de los representantes a la institución, es necesario utilizar una vestimenta acorde y cónsona con los principios que guían a la Institución; es decir no usar short, alohas, franelillas ni descotes.
10. Acatar las disposiciones de estas Normas de Convivencia (reglamento).
11. Entregar oportunamente los útiles escolares en la fecha pauta, los mismos no se serán devueltos, las cajas plásticas, se pasaran de una sala a otra y al retirar el niño (a), de la institución quedara como donativo.
12. A la hora de entrada no se permite la permanecía de carros en la puerta de la institución, el mismo es un tránsito rápido.
13. Tener contacto permanente con el Docente a fin de llevar un seguimiento detallado del mismo.
14. Asistir obligatoriamente a las reuniones generales, de control, de orientación u otras reuniones a las que sea convocado (a) por las autoridades de la institución.
15. Los niños y niñas no se recibirán con estados gripales (mocos, fiebre y tos).
16. Velar por el fiel cumplimiento de que mi hijo/a o representado se comprometa a:
A. Cumplir con las normas del Manual de Convivencia del C.E.I.M NAMINABÚ
B. Respetar en trato, palabra y actitud al personal que integra el C.E.I.M NAMINABÚ (Director, Instructores y Personal de mantenimiento, Vigilancia y Administrativo), así a sus compañeros, no contestar con groserías, actitud desafiante, ni gestos desagradables cuando ocasionalmente se le realicen orientaciones enfocadas a su aprendizaje.
C. No llamar por apodos a sus compañeros de clase y mantener una conducta comedida.
D. No presentar agresiones físicas ni verbales a los compañeros y/o personal que labora en el C.E.I.M NAMINABÚ.
E. No realizar acciones que atenten contra el material de trabajo, los bienes muebles y/o inmuebles que forman parte del C.E.I.M NAMINABÚ.
17. Como representante o responsable que mi hijo/a o representado me comprometo a velar, por el mantenimiento y cuidado de la escuela, así como también cumplir con acuerdos llegados en asambleas de padres y representantes, como las colaboraciones de índole monetario, (donde se abarca, mejoras de planta física, bonos al personal, actividades especiales, extracurriculares entre otro), de forma mensual o según lo acordado en asamblea.
En caso de incumplimiento de alguno de los compromisos arriba señalados, la matrícula del niño o niña tomará la característica de Matrícula de Observación. Se entiende como Matrícula de Observación uno de los correctivos aplicados a cualquiera de las faltas calificadas como graves o gravísimas. Implica la firma del formato, que la registra como tal, donde se describen las causas del incumplimiento, las faltas de convivencia cometida, los compromisos adquiridos y la reparación a que haya lugar y se firma por los involucrados (infractor, agraviado, representante y Director). Este documento se archivará en la hoja de vida del niño o niña y se le hará seguimiento. En caso de reincidencia en el incumplimiento se comprometen a retirarse voluntariamente del C.E.I.M NAMINABÚ.
Fecha modificación: 2024-06-25 | ||||
Publicado por: MAE. MARIA MOSQUEDA |